¿Todavía no tienes cuenta?
Regístrate en Arriva, podrás comprar tu billete, consultar compras, horarios y beneficiarte de todas las promociones.
¡Viaja con nosotros!
Regístrate yaSegún lo dispuesto en la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, sus datos personales serán tratados e incorporados en una actividad de tratamiento, con la finalidad de poder remitirle nuestro boletín de noticias e información de nuestros servicios. La legitimación del tratamiento de sus datos es su consentimiento otorgado mediante la marcación de la casilla correspondiente.
Los datos proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con las exigencias legales y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal.
Usted tiene derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. Usted tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). Para ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento, portabilidad y/u oposición, podrá dirigirse al responsable del tratamiento: ARRIVA SPAIN HOLDING, S.L., C/ Fraguas 27 – Pol. Ind. Urtinsa, 28923 Alcorcón (Madrid) o calidad@arriva.es.
Prohibido viajar con patinete o bicicleta eléctrica
Se prohibe el acceso a los autobuses con patinetes eléctricos, bicicletas eléctricas o cualquier otro dispositivo de movilidad dotado de baterías eléctricas, con la única excepción de los vehículos de personas con movilidad reducida.Los usuarios del transporte público tendrán derecho a obtener cambio de moneda hasta un importe de billete de 20€.
La empresa titular de la concesión tendrá la obligación de cumplir con las expediciones y horarios que tenga establecida la administración y permitir el acceso, en dichas expediciones, a los usuarios que abonen el precio del servicio en tanto existan plazas disponibles. Una vez ocupadas las mismas, no existe obligación de incrementar el número de autobuses de una expedición.
Se podrán subir al autobús perros-guía que acompañen a invidentes.
Los niños menores de cinco años acompañados de adultos no tendrán que pagar el importe del billete, si bien deberán cederle el asiento a otros ocupantes cuando no existan plazas vacías, debiendo en este supuesto viajar en el regazo del adulto que les acompañe.
Los viajeros de los servicios públicos de transporte en autobús tendrán derecho a:
a) Tener a su disposición vehículos en condiciones técnicas y de limpieza adecuadas.
b) Que se les faciliten las hojas de reclamaciones y se les indique el procedimiento para la reclamación.
c) Efectuar reclamaciones delante de la Junta Arbitral de Galicia respecto de aquellos incumplimientos de la empresa transportista que tengan contenido económico.
d) Poder identificar en la parte delantera del vehículo el nombre o anagrama de la empresa concesionaria y la identificación de la concesión, y origen y destino del servicio que está prestando el autobús.
e) Para cualquier reclamación será obligatorio presentar el billete del viaje correspondiente.
La utilización de los autobuses supone la aceptación de por los viajeros de las siguientes obligaciones:
a) El acceso a los mismos por la puerta delantera y el abandono por la trasera o central.
b) La no interferencia con el conductor mientras está conduciendo o la provocación de molestias al resto de los pasajeros.
c) Ceder los asientos reservados a las personas con movilidad reducida.
d) El acceso con bultos u objetos que sin estar prohibidos dificulten el tránsito en el interior del autobús deberá hacerse siguiendo las instrucciones del conductor y procurando siempre minimizar las molestias, por ejemplo, utilizando las zonas del autobús con más espacios vacíos.
Los usuarios de los servicios de transporte tendrán prohibido:
a) Fumar o beber bebidas alcohólicas, así como comer en el interior del vehículo en las circunstancias que se especifiquen con carácter general en los carteles expuestos en el interior del vehículo.
b) Asomarse por las ventanas del vehículo.
c) Provocar ruidos.
d) Reservar asientos u ocupar los destinados a personas con movilidad reducida.
e) Practicar la mendicidad o realizar actividades de propaganda o publicidad.
f) Obstruir el paso o dificultar el acceso o abandono del vehículo.
El incumplimiento de las obligaciones de los usuarios y el hecho de viajar sin tener billete adecuado, constituyen una infracción leve (art. 142.20 y 143.1 de la ley 16/1987 de 30 de julio de la Ordenación de los Transportes Terrestres) que podrá determinar la imposición de una sanción de hasta 200€. Es obligatorio conservar el ticket hasta el final del trayecto.
Arriva informa a los usuarios que la Xunta ha procedido a la revisión de tarifas, pasando a tarifarse por km recorrido a partir del 14/08/2015.
Les recordamos que tienen a su disposición bonos de descuentos, así como promociones especiales si es usted estudiante/universitario o funcionario/trabajador.
Los justificantes de retraso, sólo se pueden hacer desde las oficinas, ya que para realizar dicho certificado, es necesario hacer ciertas comprobaciones para poder acreditar dicho retraso, estas comprobaciones pueden llegar a tardar hasta dos días, que es el tiempo mínimo para tener disponible la información.
La solicitud de parada, tanto dentro como fuera del autobús, se tiene que hacer con tiempo suficiente para que el conductor pueda reaccionar y parar el vehículo sin problemas. En ningún caso, se podrá realizar una parada fuera de la zona destinada para ello.
El conductor está obligado a facilitar la información solicitada por el usuario siempre que la conozca.
Arriva permite el transporte de bicicletas bajo las siguientes condiciones:
a) La bicicleta viajará bajo la responsabilidad del propietario, que irá en el mismo autobús.
b) La bicicleta debe ir en la bodega, con la rueda delantera desmontada y pedales y cadena cubiertos para no dañar el resto de equipajes.
c) El transporte de bicicletas tiene un coste adicional de 3,25€.
Si el autobús llega con retraso, Arriva no se hará responsable a menos que sea directamente culpable de dicho retraso. Además, no se responsabilizará por retrasos causados por circunstancias fuera de su control, como fuerza mayor o requisitos legales. Lamentamos cualquier inconveniente que esto pueda causar. En el caso de un motivo en el que Arriva sea directamente responsable puede comunicárnoslo a través de nuestros canales de contacto.
Está prohibido el acceso a los autobuses con patinetes eléctricos, bicicletas eléctricas o cualquier otro dispositivo de movilidad dotado de baterías eléctricas, con la única excepción de los vehículos de personas con movilidad reducida.
Esta decisión se adopta por motivos de seguridad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89.3 del Real Decreto 1211/1990, del 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres y el artículo 11.2 del Real Decreto 1428/2003, del 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.
Suscríbete a nuestra newsletter para conocer las novedades y todo lo que ocurre en Arriva y que está pensado para ti